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ABOGADOS DE NACIONALIDAD EN BARCELONA

Nacionalidad española: de residente a ciudadano

Preparamos y presentamos su expediente de nacionalidad por residencia, revisamos cada documento y le acompañamos hasta la jura. Honorarios cerrados de 300 €.

Estudio previo de su caso

Expediente revisado para evitar requerimientos

Seguimiento hasta la resolución y la jura

PRIMER CONTACTO GRATUITO

617 87 69 20

¿Cuál es su caso?

Elija su situación y le decimos qué plazo le corresponde.

01

Régimen general

10 años de residencia legal

→

02

Iberoamericanos y otros

2 años de residencia legal

→

03

Casado con español/a

1 año de residencia legal

→

04

Nacionalidad denegada

Recurso contra la denegación

→

4,9 · 34 opiniones en Google

Primer contacto gratuito

Por teléfono, WhatsApp o email

Presupuesto cerrado

Por escrito, sin sorpresas

Pago hasta 12 meses

Sin intereses

Gestión 100 % online

En toda España

NACIONALIDAD

Mucho más que un trámite

Obtener la nacionalidad española es el reconocimiento pleno de su vínculo con España: libertad para vivir, trabajar y viajar por la Unión Europea, derecho de voto y estabilidad definitiva para usted y su familia.

Un expediente incompleto o mal preparado se traduce en requerimientos, meses de retraso o una denegación. Por eso revisamos cada documento antes de presentarlo y le acompañamos durante todo el procedimiento, desde el estudio inicial hasta la jura.

CÓMO LE AYUDAMOS

¿Cuánto tiempo de residencia necesita?

La residencia debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. El plazo depende de su situación.

Régimen general

10 años de residencia legal y continuada.

Aplicable a la mayoría de nacionalidades

Buena conducta cívica

Examen de conocimientos constitucionales (CCSE)

Examen de español DELE A2, salvo exención

CONSULTAR →

Plazos reducidos

5, 2 o 1 año, según el caso.

5 años: refugiados

2 años: iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes

1 año: cónyuges de español/a y nacidos en España

1 año: otros supuestos previstos en el Código Civil

CONSULTAR →

Otras vías

Además de la residencia.

Nacionalidad por opción

Nacionalidad de origen para hijos de españoles

Carta de naturaleza

Recurso si se la han denegado

CONSULTAR →

PRECIO CERRADO

Honorarios transparentes

Sabrá desde el primer día lo que va a pagar. Sin sorpresas ni letra pequeña.

300 €

HONORARIOS

Tramitación íntegra del expediente

Estudio del caso, preparación y revisión de la documentación, presentación y seguimiento hasta la resolución.

104,05 €

TASA OFICIAL

Modelo 790-026

Se abona al Estado y es independiente de nuestros honorarios.

Gratis

SIN COMPROMISO

Primer contacto

Por teléfono, WhatsApp o email. Le orientamos antes de que decida nada.

Los exámenes DELE A2 y CCSE se abonan aparte al Instituto Cervantes, salvo exención. Presupuesto cerrado por escrito y posibilidad de fraccionar el pago sin intereses. No abona nada hasta firmar la hoja de encargo.

CÓMO TRABAJAMOS

Tres pasos, sin sorpresas

1

Cuéntenos su caso

Por WhatsApp, teléfono o email. Le respondemos enseguida.

2

Primer contacto gratuito

Por teléfono, WhatsApp o email: le escuchamos y le orientamos.

3

Presupuesto cerrado

Por escrito y sin costes ocultos. Usted decide con calma.

PREGUNTAS FRECUENTES

Resolvemos sus dudas sobre la nacionalidad

Respuestas orientativas a las consultas que más nos hacen. Cada caso es distinto: en la primera consulta estudiamos el suyo en detalle.

¿No encuentra su pregunta?

Escríbanos y le responderemos personalmente, sin compromiso.

CONSULTAR POR WHATSAPP

o llámenos al 617 87 69 20

¿Cuánto tiempo de residencia necesito?

Con carácter general, 10 años de residencia legal y continuada. Se reduce a 5 años para refugiados; a 2 años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, y para sefardíes; y a 1 año, entre otros, para quien lleva un año casado con un español o española o ha nacido en España.

¿Tengo que hacer algún examen?

Sí, en general hay que superar el examen de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y el de español DELE A2, ambos del Instituto Cervantes. Los nacionales de países de lengua oficial española están exentos del DELE, y hay otras exenciones, por ejemplo para menores o por determinadas circunstancias personales.

¿Cuánto tarda la resolución?

El plazo varía mucho según la carga del Ministerio. Presentar el expediente completo desde el principio evita requerimientos, que son la causa más habitual de retraso. Le informamos del estado de su expediente en todo momento.

¿Tendré que renunciar a mi nacionalidad actual?

En general, sí: al jurar se declara la renuncia a la nacionalidad anterior. No tienen que renunciar los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y Francia, gracias a los convenios y a la ley. En su caso concreto se lo confirmamos en la primera consulta.

¿Qué es la jura?

Una vez concedida la nacionalidad, tiene 180 días para jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes, e inscribirse en el Registro Civil. Si no lo hace en plazo, la concesión caduca.

¿Qué pasa si me la deniegan?

Puede recurrir: en reposición en el plazo de un mes o directamente ante los tribunales en el plazo de dos meses. Analizamos el motivo de la denegación y le decimos si merece la pena recurrir o presentar una nueva solicitud.

¿Cuánto cuesta?

Nuestros honorarios son 300 €, precio cerrado. A ello se suman la tasa oficial de 104,05 € y, si no está exento, los exámenes del Instituto Cervantes. El primer contacto es gratuito y puede fraccionar el pago sin intereses.

Información orientativa. Los requisitos pueden cambiar; en la primera consulta revisamos su caso con la normativa vigente.

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